+ J & J Lubricantes, asentada en municipio de Salinas Victoria, operaba sin Licencia Ambiental Única (LAU) ni Cédula de Operación Anual (COA) que emite SEMARNAT
+ Trisa Comercial, en el municipio de García, no cuenta con autorización de reciclaje de escorias de fundición secundaria de plomo
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aplicó la Clausura Temporal Parcial y ordenó la Suspensión de Actividades, respectivamente, a dos empresas asentadas en los municipios de Salinas Victoria y García, estado de Nuevo León, por el incumplimiento de la normatividad ambiental vigente.
En acciones por separado, inspectores de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad, resolvieron así clausurar dos equipos de la firma J & J Lubricantes S.A. de C.V así como imponer la suspensión del área de tratamiento de la industria Trisa Comercial S.A. de C.V.
Derivado de las visitas de verificación en materia de emisiones a la atmósfera y residuos peligrosos planificadas en el Programa Operativo Anual, en una primera actuación se clausuraron de manera Temporal Parcial dos quemadores de la empresa denominada J & J Lubricantes S.A. de C.V. ubicada en el municipio de Salinas Victoria.
Lo anterior, luego de que dicha empresa no logró acreditar a los inspectores de la PROFEPA que cuenta con la Licencia Ambiental Única (LAU), la Cédula de Operación, así como la canalización y evaluación de emisiones contaminantes a la atmósfera que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Esta industria se dedica a la fabricación de grasas, aceites y aditivos perteneciente al ramo de industria química. Cada quemador suspendido suministraba calor a sus reactores con capacidad de 5,200 MJ/h donde se lleva a cabo la fabricación de aceites y grasas en el área de producción.
La suspensión de actividades aplicada a la empresa Trisa Comercial S.A. de C.V., ubicada en el municipio de García y dedicada al tratamiento de lodos con metales pesados, hidrocarburos y corrientes de aguas corrosivas, fue por no contar con la autorización de reciclaje de escorias de fundición secundaria de plomo, procedentes del reciclaje de acumuladores automotrices usados.
Dicha actividad la realizaba al amparo de la autorización de tratamiento de lodos con metales pesados, hidrocarburos y corrientes de aguas corrosivas.
La PROFEPA constató que la empresa Trisa Comercial S.A. de C.V. mentía al cambiar el nombre de escorias de plomo por lodos con metales pesados en los manifiestos de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos.
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