La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), da a conocer el indicador de cumplimiento en materia de revelación de información trimestral para un total de 270 Emisoras nacionales que cuentan con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores.
El indicador fue diseñado con la finalidad de determinar el grado de cumplimiento de las Emisoras respecto de los requerimientos de revelación de información (financiera, económica, contable, legal y administrativa) incluidos en la Ley del Mercado de Valores y las Disposiciones de carácter general aplicables a las Emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores.
Al primer trimestre de 2016, se evaluó el cumplimiento de 270 Emisoras nacionales, con los siguientes resultados:
– De 137 Emisoras con acciones representativas de su capital social o títulos de crédito que las representan, 124 (equivalente al 90.5%) recibió calificación en verde al tener un cumplimiento entre 80% y 100%; 4 recibieron calificación en amarillo (2.9%), al cumplir entre el 51% y el 79%; y 9 emisoras de este tipo (6.6%), tuvieron un cumplimiento igual o menor al 50%.
– De 67 Emisoras con valores de deuda a largo plazo en directo, 63 (94.0%), obtuvieron calificación verde y 4 (6.0%) en amarillo.
– El 100% de las FIBRAs (10 emisoras), así como un Fideicomiso hipotecario, recibieron indicador en verde.
– En CKDs, de sus 55 Emisoras, 52 (94.5%), se evaluaron en verde y 3 (5.5%), en amarillo.
Con estas acciones, la CNBV garantiza que el público inversionista pueda obtener información de mayor calidad para tomar sus decisiones de inversión.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) da a conocer el indicador de cumplimiento en materia de revelación de información trimestral (al primer trimestre de 2016), para un total de 270 Emisoras nacionales que cuentan con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores al 31 de marzo de 2016, mismas que se clasifican como sigue:
- 137 emisoras con acciones representativas de su capital social o títulos de crédito que las representan.
- 67 con valores de deuda a largo plazo en directo.
- 10 fideicomisos emisores de certificados bursátiles fiduciarios inmobiliarios (FIBRAs).
- 1 fideicomiso emisor de certificados bursátiles fiduciarios inmobiliarios (Fideicomiso hipotecario).
- 55 fideicomisos emisores de certificados bursátiles de capital de desarrollo (CKDs).
INFORMACIÓN DEL INDICADOR
El indicador mide el grado de cumplimiento, en tiempo y forma, respecto de la información que deben transmitir las Emisoras a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. (BMV), a través del Sistema Electrónico de Difusión de Información (SEDI); y a la CNBV, por medio del Sistema de Transferencia de Información sobre Valores (STIV-2), de conformidad con las Disposiciones de carácter general aplicables a las Emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (las Disposiciones o CUE, indistintamente).
El cumplimiento en materia de revelación de información se evalúa a través de los siguientes conceptos que se detallan en el Anexo 1:
- Información trimestral financiera, económica, contable y administrativa en formato electrónico (XBRL o SIFIC).
- Reporte sobre Instrumentos Financieros Derivados (IFD).
III. Constancia(s) de personas responsables.
- Anexo AA de la CUE*.
- Información de aval (es) y/o garante(s)*
- Información financiera proforma (reestructura societaria)*
*En caso de ser aplicable conforme a las características de los valores emitidos.
RESULTADOS
El resultado que obtenga cada Emisora se compondrá de la suma de las calificaciones asignadas a cada uno de los seis conceptos del indicador y se traducirá en un color del semáforo que permite describir de manera sencilla la situación en la que se encuentra la Emisora. La traducción del indicador es como sigue:
Evaluación
Final Calificación Estatus
De 80% a 100% Calidad Buena
De 51% a 79% Calidad Regular
Menor o igual a 50% Calidad Deficiente
A la fecha, 124 de las 137 Emisoras de capitales obtuvieron un indicador en verde, 4 en amarillo y 9 resultaron en rojo; mientras que 63 de las 67 Emisoras de deuda a largo plazo obtuvieron un indicador en verde, 4 en amarillo y ninguna en rojo.
Por otra parte, 11 FIBRAs* se calificaron en verde y ninguna fue evaluada en amarillo y rojo; mientras que 52 de los 55 CKDs obtuvieron un indicador en verde, 3 en amarillo y ninguno en rojo.
Instrumento No. de Emisoras
Acciones 137
Verde 124
Amarillo 4
Rojo 9
Deuda largo plazo 67
Verde 63
Amarillo 4
FIBRAs* 11
Verde 11
CKDs 55
Verde 52
Amarillo 3
* Incluye un Fideicomiso hipotecario.
CÁLCULO DEL INDICADOR
Considerando que el “XBRL o SIFIC” incluye información financiera, económica, jurídica y administrativa actualizada del último reporte anual presentado por la Emisora, y que esta información es indispensable para una adecuada toma de decisiones de inversión por parte de los inversionistas, el cálculo del indicador de cumplimiento se construyó como sigue:
- Para las Emisoras que cuentan con Instrumentos Financieros Derivados:
70% al reporte “XBRL o SIFIC”,
20% para el Reporte sobre Instrumentos Financieros Derivados, y
10% a la constancia de personas responsables.
- Para las Emisoras que no cuentan con Instrumentos Financieros Derivados, la ponderación es como sigue:
90% al reporte “XBRL o SIFIC”, y
10% a la constancia de personas responsables.
Para las Emisoras que cuenten con aval (es) y/o garante (s) y que no envíen la información correspondiente a éstos, se restará un 25% de la calificación total obtenida. Asimismo, en aquellos casos en los que la Emisora haya presentado, recientemente, un folleto de reestructura societaria y que ésta haya surtido efecto, se restará un 25% de la calificación total obtenida, cuando no se incluya dentro del reporte “XBRL o SIFIC” la información financiera proforma correspondiente.
Finalmente, para las FIBRAs y CKDs (sólo en caso de que les aplique) que no presenten el Anexo AA, se restará un 10% de la calificación total obtenida.
El Indicador de cumplimiento con la revelación de información periódica que publica la CNBV, deberá entenderse como un resumen del cumplimiento de cada Emisora con la regulación vigente. Por lo tanto, en la medida en la que éste cambie, también podría cambiar el valor del indicador trimestral asignado a una Emisora en particular. Asimismo, cabe destacar que una vez publicado el indicador trimestral, no surtirá cambios durante el trimestre correspondiente.
Es importante considerar que el Indicador trimestral no certifica la veracidad de los elementos revelados, y no debe ser entendido por los participantes en el mercado como un aval de la CNBV sobre la calidad y veracidad de la información proporcionada por cada Emisora. El indicador trimestral no convalida los actos jurídicos que sean nulos de conformidad con las leyes aplicables, ni implica certificación sobre la bondad de los valores o sobre la solvencia, liquidez o calidad crediticia de la Emisora.
Para mayor detalle sobre el resultado del indicador por cada una de las Emisoras de valores evaluadas, la CNBV pone a disposición del público, a través de su página de Internet http://www.cnbv.gob.mx, el Indicador de cumplimiento con la revelación de información al cierre del primer trimestre de 2016. A continuación se proporciona la liga para consultar esta información: Liga al indicador de cumplimiento.
ANEXO 1
Con el fin de mantener informado al público sobre el desempeño del Sector Bursátil, particularmente de las Emisoras con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores que participan en el mercado de capitales (acciones, FIBRAs y CKDs) y de deuda a largo plazo, en esta fecha se da a conocer en el portal de Internet de la CNBV, http://www.cnbv.gob.mx, el Indicador de cumplimiento con la revelación de información correspondiente al cierre del primer trimestre del 2016.
El indicador se calcula con el fin de medir el grado de cumplimiento de las Emisoras respecto de los requerimientos de revelación de información incluidos en las Disposiciones.
El Indicador asigna un porcentaje a cada uno de los seis conceptos mencionados, considerando los factores que a continuación se detallan:
- Información trimestral en formato XBRL o SIFIC
- Los siguientes Estados Financieros (EEFF):
- Estado de situación financiera.
- Estado del resultado integral.
- Estado de cambios en el capital contable o patrimonio.
- Estado de flujos de efectivo. Artículo 33, fracción II, de la CUE.
- Comentarios y análisis de la administración sobre los resultados de operación y situación financiera de la Emisora, debidamente actualizados. Artículo 33, fracción II, de la CUE.
- Notas complementarias a los estados financieros debidamente actualizadas. Artículo 33, fracción II, de la CUE.
- Desglose de créditos. Artículo 33, fracción II, de la CUE.
En caso de que la Emisora NO cuente con IFD, Subtotal 90%
En caso de que la Emisora SI cuente con IFD, Subtotal 70%
- En su caso, reporte sobre Instrumentos Financieros Derivados (IFD).
- Información cualitativa
- Discusión sobre las políticas de uso de instrumentos financieros derivados. Artículo 104, fracción VI Bis, de la LMV.
- Descripción de las políticas y técnicas de valuación. Artículo 104, fracción VI Bis, de la LMV.
- Información de riesgos por el uso de derivados. Artículo 104, fracción VI Bis, de la LMV.
- Información cuantitativa
- Características de los instrumentos derivados a la fecha del reporte (información en la tabla). Artículo 104, fracción VI Bis, de la LMV.
VII. Análisis de sensibilidad y cambios en el valor razonable (únicamente para derivados de negociación o de coberturas ineficientes). Artículo 104, fracción VI Bis, de la LMV.
Subtotal 20%
III. Constancia(s) de personas responsables.
Leyenda correcta, identificando el periodo en curso Artículo 33, fracción II de la CUE.
Firmado por las personas autorizadas
- Director General.
- Titulares del área de: i) Finanzas y ii) Jurídica, o equivalentes.
En su caso,
- Representante Legal del Fiduciario. Artículo 33, fracción II de la CUE.
En su caso, la Constancia del Administrador u Operador de los bienes fideicomitidos con la leyenda correcta, identificando el periodo en curso. Artículo 33, fracción II, inciso b) de la CUE.
En su caso, la Constancia del Administrador u Operador de los bienes fideicomitidos, firmada por las personas autorizadas
- El Director General
- Titulares del área de: i) Finanzas y ii) Jurídica, o equivalentes. Artículo 33, fracción II, inciso b) de la CUE.
Subtotal 10%
- En su caso, Anexo AA de la CUE.
Metodologías para el cálculo del Nivel de Endeudamiento y del Índice de Cobertura de Servicio de la Deuda. Artículo 35 Bis 1, fracción I, de la CUE.
Porcentaje que se deduce en caso de no cumplir -10%
- En su caso, información de aval (es) y/o garante(s).
Información Trimestral que contenga:
- Estados financieros.
- Comentarios y análisis de la administración sobre los resultados de operación y situación financiera de la Emisora, debidamente actualizados.
- Notas a los estados financieros debidamente actualizadas.
- En su caso, documento explicativo de diferencias de criterios contables.
- Constancia de las personas responsables, o en su caso, información debidamente suscrita por las personas correspondientes. Artículo 33, párrafo décimo y 37 párrafo cuarto de la CUE.
Porcentaje que se deduce en caso de no cumplir -25%
- En su caso, información financiera proforma (reestructura societaria).
Incluir en sus notas, para efectos comparativos, estados financieros con cifras proforma en los que se presente la situación financiera y los resultados de la Emisora. Artículo 35, fracción I, último párrafo, de la CUE.
Porcentaje que se deduce en caso de no cumplir -25%
La evaluación se realiza en primera instancia con la información proporcionada por las Emisoras a la BMV (a través del SEDI); sin embargo, en caso de que la totalidad de la información proporcionada a través del SEDI no corresponda a la transmitida a través del STIV-2 de la CNBV, se restará un 10% de la calificación total obtenida.
Es importante señalar que para las Emisoras que se encuentran obligadas a presentar su información trimestral financiera, económica, contable y administrativa en formato XBRL, se evaluará su correcto llenado; en caso contrario, se restará un 10% de la calificación total obtenida
Los resultados obtenidos conforme a los porcentajes máximos asignados a cada uno de los conceptos que integran el indicador, se sumarán (o deducirán según sea el caso) para obtener la calificación que se le asignará a cada Emisora y que a su vez, se traducirá en un color del semáforo de acuerdo al rango correspondiente.
En caso de encontrarse inconsistencias en la calidad de la información reportada, se considerará realizar las observaciones correspondientes y, en su caso, el inicio del procedimiento sancionatorio, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
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