Al cierre de mayo de 2016, el Índice de Capitalización (ICAP) de la banca múltiple se ubicó en 14.88%, con un Coeficiente de Capital Básico (CCB) de 13.34% y un Coeficiente de Capital Fundamental (CCF) de 13.06%.

http://bit.ly/1e3iCuh

 

  • Todas las instituciones en operación se ubican en la categoría I de alertas tempranas y cumplen con el requerimiento mínimo de capitalización del 8% más el suplemento de conservación de capital de 2.5% constituido con capital fundamental; es decir, con un ICAP superior al 10.5%.

 

Con el fin de mantener informado al público sobre la solvencia de las instituciones que conforman al Sector de Banca Múltiple, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley de Instituciones de Crédito, en relación con los artículos 219, 220 y 221 de las «Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito» (Disposiciones), da a conocer a través de su portal de Internet, http://www.cnbv.gob.mx, información sobre los índices de capitalización y la clasificación de las instituciones en categorías, con base en los indicadores requeridos, conforme a las disposiciones aplicables emitidas por esta Comisión en términos del artículo 50 de la Ley de Instituciones de Crédito.

 

ÍNDICES DE CAPITALIZACIÓN (ICAP) Y ALERTAS TEMPRANAS1/

CIFRAS AL 31 DE Mayo DE 2016

 

 

1/ Dado a conocer a esta Comisión por el Banco de México el 12 de julio de 2016, con base en la información entregada por las Instituciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 Bis 4 de las “Disposiciones”.

2/ CCF (Coeficiente de Capital Fundamental) = Capital Fundamental / Activos Ponderados Sujetos a Riesgo Total.

3/ CCB (Coeficiente de Capital Básico) = (Capital Fundamental + Capital Básico No Fundamental) / Activos Ponderados Sujetos a Riesgo Total.

4/ ICAP (Índice de Capitalización) = Capital Neto / Activos Ponderados Sujetos a Riesgo Total.

5/ Categorías: I: ICAP >= 10.5%; II: 8% <= ICAP < 10.5%; III: 7% <= ICAP < 8%; IV: 4.5% <= ICAP <7%; V: ICAP < 4.5%. Categorías de Alertas Tempranas determinadas con base en el artículo 220 de las “Disposiciones” modificadas mediante la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2015.

 

COMPARATIVO MENSUAL DEL ÍNDICE DE CAPITALIZACIÓN (ICAP)

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