- Durante el periodo se realizaron diversos cambios a disposiciones emitidas por esta Comisión, relacionadas con los sectores de Banca Múltiple, de Ahorro y Crédito Popular, Emisoras de Valores, Casas de Bolsa, Uniones de Crédito y de organismos autorregulados, entre otros, que dan mayor seguridad a la estabilidad y correcto funcionamiento del sistema financiero en su conjunto.
- En el periodo, destacan varias adecuaciones a la regulación bancaria, que permiten reforzar el capital de las instituciones en línea con los estándares del Comité de Basilea, así como una mejor administración de riesgos a través del reconocimiento de los seguros agropecuarios para el cálculo de las reservas preventivas por riesgos crediticios en la cartera comercial.
- En el sector de ahorro y crédito popular, se ajustó la definición de capital regulatorio vigente, de tal manera que se pueda asegurar que las entidades cuentan con el capital suficiente que les permita absorber pérdidas.
- También se realizaron precisiones en cuanto a la divulgación de información de las emisoras que participen en contratos o asignaciones para la explotación y extracción de hidrocarburos.
La CNBV, a través de las Vicepresidencias de Política Regulatoria y de Normatividad, publica el Boletín Regulatorio correspondiente al segundo trimestre de 2016, que contiene las disposiciones de carácter general emitidas en dicho periodo, con la finalidad de afianzar la estabilidad y el correcto funcionamiento del sistema financiero, así como mantener y fomentar su sano y equilibrado desarrollo, en protección de los intereses del público.
Entre los principales cambios realizados al marco regulatorio de abril a junio de este año, destacan las diversas adecuaciones a la regulación bancaria.
En primer término, se alineó el marco regulatorio bancario nacional, con los estándares internacionales emitidos por el Comité de Basilea, al incorporar el denominado “Suplemento de Capital Contracíclico”, que busca fortalecer el capital con que cuentan las instituciones de crédito ante aumentos en la cartera de crédito, que no tengan correspondencia con el crecimiento de la economía.
Otras modificaciones promueven el adecuado desarrollo del sistema financiero, al fomentar la incorporación de herramientas para la correcta administración de riesgos por parte de las instituciones de crédito. En este sentido, se reconocieron en la regulación los seguros agropecuarios para efectos del cálculo de las reservas preventivas por riesgos crediticios en la cartera comercial.
En el Sector de Ahorro y Crédito Popular, se ajustó la definición de capital regulatorio vigente aplicable a las Sociedades Financieras Populares (Sofipos) para fortalecer su solvencia y su consistencia con lo establecido en el marco de Basilea II, previendo la forma en que se integrará su capital neto. Esto es, se incorporan una serie de deducciones que permitan asegurar que el capital con que cuenten dichas sociedades es capaz de absorber pérdidas.
Además, se incorporó un régimen de medidas correctivas aplicables a las Sofipos, correlativo con el nivel de capitalización con que cuenten, a fin de detectar de manera oportuna faltantes en su capital y dictar las medidas que les permitan restablecerlo.
Respecto a la regulación aplicable a las Emisoras de Valores, se realizaron precisiones en la divulgación de la información que deberán efectuar aquellas emisoras que participen en contratos o asignaciones para la exploración y extracción de hidrocarburos.
Para las Casas de Bolsa, se adicionó a la información que periódicamente deben enviar a la Comisión, el listado de órdenes y asignaciones de las operaciones con valores registradas en sus sistemas de recepción y asignación.
También se realizaron ajustes a los criterios de contabilidad aplicables a las Uniones de Crédito, con el fin de procurar que la información que se genere sea transparente, uniforme y comparable, y que cumpla con los requerimientos contables nacionales e internacionales.
La CNBV reitera su compromiso de supervisar a las entidades del sistema financiero mexicano para procurar su estabilidad, sano funcionamiento y solidez, mediante la correcta implementación de la normatividad aplicable.
El Boletín Regulatorio del segundo trimestre de 2016 puede ser consultado en la siguiente liga: http://goo.gl/SohIak
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