SE PUBLICA EL CCL DE LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE PARA EL TERCER TRIMESTRE DE 2016

http://bit.ly/1e3iCuh

 

  • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), publica información al tercer trimestre de 2016, sobre el nivel promedio del Coeficiente de Cobertura de Liquidez (CCL) de las 44 instituciones de banca múltiple que, conforme a las Disposiciones de carácter general sobre los requerimientos de liquidez para las instituciones de banca múltiple (Disposiciones), están obligadas a reportar dicho indicador.

 

  • Cabe destacar que de julio a septiembre del presente año, todos los bancos cumplen con el CCL de acuerdo a las Disposiciones aplicables.

 

  • Como se aprecia en la tabla siguiente, la mediana* del CCL de las instituciones referidas fue de 152.50%.

 

COEFICIENTE DE COBERTURA DE LIQUIDEZ

(Promedio Tercer Trimestre 2016)

Institución         CCL Promedio CCL Mínimo

BANAMEX       145.55%           Fracción 1

70%

BANCOMER     120.23%

BANORTE        119.87%

HSBC   162.00%

INBURSA         173.67%

SANTANDER    111.76%

SCOTIABANK   116.00%

ABC CAPITAL   395.00%           Fracción 2,

70%

ACTINVER        117.73%

AFIRME           159.33%

AMERICAN EXPRESS  223.33%

AUTOFIN          75.00%

AZTECA           825.00%

Institución         CCL Promedio  CCL Mínimo

BAJÍO  106.21%           Fracción 2,

70%

BANCOPPEL    408.33%

BANK OF AMERICA     254.00%

BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ      138.88%

BANREGIO       92.67%

BANSÍ  133.71%

BARCLAYS      81.54%

CI BANCO        212.00%

COMPARTAMOS          550.00%

CONSUBANCO 123.33%

CREDIT SUISSE           141.67%

DEUTSCHE BANK        383.33%

FAMSA            254.33%

INTERACCIONES         115.67%

INTERCAM BANCO      321.00%

INVESTA BANK            162.67%

INVEX  140.00%

J.P. MORGAN  506.33%

MIFEL  102.33%

MONEX            170.67%

MULTIVA          90.71%

UBS     19710.00%

VE POR MÁS   108.67%

VOLKSWAGEN            502.67%

BANCO BASE  128.00%           Fracción 3,

60%

BANCO INMOBILIARIO MEXICANO       94.67%

BANCREA        145.67%

BANKAOOL      216.33%

DONDE            28119.67%

FORJADORES 521.33%

PAGATODO     838061.79%

MEDIANA*       152.50%

 

A esta fecha, las siguientes tres instituciones aun no obligadas a reportar el CCL fueron: FINTERRA, SABADELL y ICBC.

 

La CNBV, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8, tercer párrafo, de las Disposiciones, da a conocer a través de su página de Internet, http://www.gob.mx/cnbv, el promedio simple de los cálculos del CCL reportados por las Instituciones, correspondiente al trimestre de julio a septiembre de 2016.

 

Con base en la normatividad, a esta fecha las instituciones deberán cumplir con un CCL mínimo de acuerdo a lo siguiente:

 

  1. CCL de al menos el 70% para aquellas instituciones que entre enero y agosto de 2014, hayan registrado y reportado a la CNBV una cartera promedio de crédito consolidada igual o mayor a 30 mil millones de UDIS, o bien, cuya cartera de crédito alcance o supere dicho límite con posterioridad a la entrada en vigor de las Disposiciones.

 

  1. CCL de al menos el 70% para aquellas instituciones que entre enero y agosto de 2014, hayan registrado y reportado a la CNBV una cartera promedio de crédito consolidada menor a 30 mil millones de UDIS y que sin alcanzar dicho límite con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de las Disposiciones, tengan a esa fecha 5 años o más desde que hubieren iniciado operaciones.

 

  1. CCL de al menos el 60% para aquellas instituciones que entre enero y agosto de 2014, hayan registrado y reportado a la CNBV una cartera promedio de crédito consolidada menor a 30 mil millones de UDIS y que sin alcanzar dicho límite con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de las Disposiciones, tengan a esa fecha menos de 5 años desde que hubieren iniciado operaciones.

 

Todas las instituciones están obligadas a difundir dicho indicador dentro de sus estados financieros para el trimestre reportado.

 

Los niveles mínimos de CCL a los cuales están sujetas las instituciones aumentarán gradualmente hasta alcanzar un 100%, aplicable a partir del 1 de enero de 2019 para las instituciones de la fracción 1, del 1 de julio de 2019 para las instituciones de la fracción 2 y del 1 de enero de 2020 para las instituciones de la fracción 3.

 

La CNBV reitera su compromiso de supervisar a las entidades que conforman el sistema financiero mexicano con el fin de procurar su solidez y sano funcionamiento, así como de divulgar información clara y oportuna que brinde herramientas a los usuarios para la toma de decisiones financieras.

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