LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA Y EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS DE LAUNAM LLEVARON A CABO EL SEMINARIO SOBRE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

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El pasado 6 de febrero, especialistas de la
Universidad Panamericana, (UP) y del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ_UNAM) de la
Universidad Nacional Autónoma de México debatieron, en el Seminario sobre la
Independencia Judicial, sobre la reforma judicial al poder judicial anunciada por el ejecutivo de
nuestro país como un gran tema de debate en las próximas campañas y sobre cómo ha sido
la posición  Poder Judicial en este sexenio.
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El evento se llevó a cabo el pasado 25 de enero en las instalaciones de la Universidad
Panamericana, campus México y forma parte de las actividades que se desprenden del
convenio de colaboración firmado por ambas instituciones en el año 2023.
En la ceremonia de inauguración el Dr. Fernando Batista, decano de la Facultad de Derecho
de la Universidad Panamericana en su mensaje de bienvenido, agradeció “a la doctora
González Contró, directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas, por suscribir un convenio
con la universidad, con nuestra querida facultad, y estas jornadas son un paso muy importante
que damos a raíz de este convenio”. También a al esfuerzo para su organización el doctor
José María Soberanes, el doctor José María Serna.
“Estas jornadas son un paso muy importante que damos a raíz de este convenio y de muchas
otras actividades que iremos organizando en esta sinergia entre el Instituto de Investigaciones
Jurídicas y la Facultad de Derecho”.
Por su parte, la Dra. Mónica González Contró, directora del Instituto de Investigaciones
Jurídicas (IIJ) dijo “Es un gusto poder empezar a operar el convenio de colaboración entre el
Instituto de Investigaciones Jurídicas y una institución con tanto prestigio académico como es
la Universidad Panamericana”.
“La independencia judicial es fundamental para que los jueces no se conviertan en operadores
de otra voluntad, como se pretende ahora con amenazas al Poder Judicial que no abonan a la
democracia, y que están desgastando al Poder Judicial afectando tanto al Estado como a las
personas. Las y los ministros tienen un deber de ingratitud hacia quien los designa, resaltó”.
Al hablar de la independencia judicial, Fernando Batista señaló “La independencia judicial es
uno de los elementos que constituye un pilar básico del Estado Constitucional y Democrático
de derecho”.
Indicó que “La independencia judicial es un tema que se discute en muchos foros en otros
países del mundo, precisamente a partir de la preocupación de las amenazas a la

independencia judicial”. En particular precisó que “El desgaste en la figura del poder judicial
constituye una amenaza para la impartición de justicia y para todas y para todos”.
En ese sentido, “El juez que no es independiente en realidad no es un verdadero juez, en
condiciones de resolver cualquier caso que le competa con arreglo a su ciencia y conciencia”.
(…) "Desde luego que la división de poderes implica fricciones, esto es natural dentro de los
sistemas democráticos, pero la garantía de los derechos humanos requiere de una judicatura
fuerte e independiente de cualquier presión, agregó".
Finalizó con la necesidad de “Defender la independencia judicial es indispensable para la
garantía de los derechos humanos de todas y de todos”.
El Dr. José María Serna indicó que “El actual sistema de nombramiento es muy criticable, y
hay que cambiarlo, pero no por el voto popular. Eso pues hay estudios han demostrado que
no se cumplieron los objetivos por los que se puso elección popular (eliminar corrupción y
terminar y hacer más efectiva la administración de justicia). Por el contrario, está demostrado
que bajo la calidad en las sentencias”.
Alberto Abad Suárez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, señaló que
“el tema de independencia judicial lo podemos ver desde una perspectiva normativa, pero
también hay que verlo desde una perspectiva sociológica”.
En la perspectiva sociológica indicó que “tenemos que ver que en los años recientes ha
habido tres etapas en las cuales ha pasado la relación entre poderes. Una primera etapa que
termina en el año del 94, en donde el Poder Judicial está sometido al Poder Ejecutivo y sigue
las mismas reglas del presidencialismo mexicano. Una siguiente etapa que va del 95 al 2022,
que inicia con la reforma de Ernesto Zedillo, en la cual hay una sana distancia entre poderes”.
“La característica principal es que la Corte no hace un control estricto de la política pública del
presidente y a su vez el presidente no se mete en cuestiones de administración del Poder
Judicial, lo que le permite al Poder Judicial tener un desarrollo al interior que no había tenido
antes. A partir de 2023 nos enfrentamos a un escenario de choque de poderes en donde la
característica principal es que el Poder Judicial está haciendo un control estricto de la política
de la Administración Pública Federal y a su vez la Administración Pública Federal se está
metiendo en temas como presupuesto, como nombramientos dentro del Poder Judicial de una
manera que no lo había hecho antes”, manifestó.
El investigador del IIJ_UNAM , resaltó que “Esto tiene como gran riesgo en un enfrentamiento
entre sujetos de distinto nivel de poder político, esto va a tener como gran riesgo que el Poder
Judicial va perdiendo la posibilidad de actuar con mayor independencia y el Poder Ejecutivo y
los partidos políticos van teniendo mayor interés en ocupar espacios dentro del Poder Judicial
al debilitarlo”.
“Entonces, si vemos estas características, tenemos que pensar que una reforma que se
plantee para modificar cualquier cuestión del Poder Judicial, no se haga para debilitar
garantías jurisdiccionales que se han conseguido en los últimos años, sino se haga justamente
para fortalecer las mayores necesidades que tiene el Poder Judicial al día de hoy, que es
mayor diversidad genérica, mayor diversidad ideológica, pero no a través de la votación, sino
a través del cumplimiento de los principios internacionales de nombramientos que exigen que
se haga a través de órganos técnicos, a través de procesos abiertos a la población, en donde
podamos elegir los mejores perfiles”, finalizó.

En la mesa de análisis sobre las garantías de la independencia judicial, los cinco ponentes
debatieron acerca, primero, de la importancia de la independencia judicial, de la crisis que vive
en México y compararon distintos escenarios que se viven en el derecho comparado y las
regulaciones que se tienen.
Al respecto la Dra. Miluska Orboso profesora investigadora de la Universidad Panamericana
comentó que “La independencia judicial busca que el juez de manera objetiva, es decir, el
poder judicial como institución y de manera subjetiva, , el juez en sí mismo como persona, sea
independiente al momento de resolver, de emitir sus sentencias. Se busca, y esto es en
sentido de la Comisión de Venecia a nivel europeo, que no haya ninguna injerencia por parte
de los otros poderes y en especial del Poder Ejecutivo a fin de que el juez resuelva sus casos
conforme a derecho. Esto es una exigencia del Estado de Derecho cuya manifestación
principal es el principio de legalidad en sentido amplio, el cual exige que el juez resuelva sus
casos en virtud del derecho vigente”.
Resaltó que “La independencia judicial se ve a sí misma como un instrumento y no como una
finalidad en sí misma para alcanzar la justicia. Esto es la constante y perpetua voluntad de dar
a cada quien lo que le corresponde, es decir, su derecho, busca en última instancia que la
garantía de las libertades de los ciudadanos y de sus derechos sean protegidos en juicios y en
tribunales absolutamente independientes de toda injerencia externa”.
Dra. María Elisa Franco Martín del Campo, investigadora en el Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la UNAM hablo sobre sobre la independencia judicial analizada desde el derecho
comparado y señaló dos grandes puntos, el primero, “un ejemplo es lo que ha pasado en el
caso de Bolivia, que es el único país donde se eligen a las y los integrantes de altas cortes a
través de una elección popular, para ello nos referimos a un estudio sobre elecciones
judiciales en Bolivia, “Aprendimos la elección” de Fundación para el Debido Proceso, escrito
por Luis Pázara, en el que señala que en la elección de 2011 se tuvieron 60% de votos nulos y
blancos, y en la de 2017 un 66% eso pues nos muestra que no es un mecanismo que
funcione”.
El segundo punto de derecho comparado, indicó la Dra. Franco, “es ver los estándares en
materia de independencia judicial que ha creado, que ha emitido la Corte Interamericana de
Derechos Humanos mediante tres grandes rubros, primero el tema de la elección de las y los
jueces el segundo, el tiempo que duran en su encargo y los mecanismos para su remoción y
el tercero la protección frente a injerencias externas.
Francisco Vázquez Gómez Bisoño, profesor investigador y secretario académico de la
Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana comentó “respecto al mecanismo
relativo al nombramiento y renuncia de los ministros, el punto fundamental es que, a diferencia
de lo que ocurría en el texto original de la Constitución de 1917, con la Reforma de 1994 se
rompe un principio fundamental y es el hecho de que no puede haber ministros que no hayan
sido pasados por el control político del poder legislativo.
“Ya se acaba de actualizar, hoy por hoy tenemos una posición en la corte respecto a una
persona que simplemente fue designada por el poder ejecutivo. Esto de una manera muy
importante y profunda viola la independencia judicial y la independencia que debe primar de la
Suprema Corte como último intérprete de la Constitución respecto del poder ejecutivo y
respecto del poder político”, resaltó.
Agregó que “El análisis del sistema constitucional a la luz de la ingeniería constitucional nos
permite advertir los defectos en los mecanismos del sistema de checks and balances (frenos y

contrapesos) que nos den ideas para corregir las interacciones entre los órganos del Estado
mexicano”.
Dr. Juan Manuel Otero Varela, académico de la Panamericana señaló “ Desde el punto de
vista presupuestario, es menester establecer los mecanismos legales y administrativos
necesarios para garantizar los recursos que permitan al Poder Judicial cumplir de una manera
eficiente, profesional y oportuna con la creciente demanda de su función y con ello evitar, en la
medida de lo posible, que la asignación de los mismos se convierta en un instrumento de
presión a su independencia del poder político”.

luismart_ic@yahoo.com.mx

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