La SHCP, a través de la UIF, publica nuevos formatos para fortalecer el
cumplimiento en materia de actividades vulnerables
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Unidad de Inteligencia
Financiera (UIF), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las resoluciones que
actualizan los formatos oficiales para el alta y registro, así como para la presentación de Avisos
e Informes de quienes realizan actividades vulnerables.
La actualización forma parte de la implementación de la reforma a la Ley Federal para la
Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI),
publicada en julio de 2025, así como de las modificaciones posteriores a su Reglamento y a las
Reglas de carácter general.
Los nuevos formatos permitirán fortalecer la identificación del beneficiario controlador,
incorporar los elementos necesarios para la presentación de Avisos dentro de las 24 horas y
adecuar los mecanismos de registro y reporte a los nuevos sujetos obligados y figuras jurídicas
contemplados en el marco normativo.
Entre las principales modificaciones se encuentran la incorporación de campos específicos para
identificar operaciones realizadas a través de fideicomisos y otras figuras jurídicas, así como la
adecuación de los formatos aplicables a personas facilitadoras públicas y privadas, agencias
aduanales y personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la
intervención de un agente o agencia aduanal.
Asimismo, se fortalecen los campos de información para identificar al beneficiario controlador
y se incorporan los elementos necesarios para la presentación de Avisos dentro de las 24 horas,
con el propósito de contar con información más completa, precisa y oportuna que contribuya
a la identificación y detección de posibles operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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La implementación será gradual. A partir del 1 de febrero de 2027 podrán realizar su alta
quienes actúen mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas, las agencias aduanales y
quienes promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia
aduanal. A partir del 1 de junio de 2027 podrán hacerlo las personas facilitadoras públicas y
privadas.
Además, el 1 de octubre de 2026 la UIF publicará los instructivos y catálogos actualizados en el
Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD), mientras que a partir del 1 de
junio de 2027 deberán utilizarse los nuevos formatos oficiales para la presentación de Avisos e
Informes, incluidos los Avisos de 24 horas.
Con estas acciones, la Secretaría de Hacienda, a través de la UIF, avanza en la implementación
del nuevo marco de prevención de lavado de dinero, facilita el cumplimiento de las
obligaciones de quienes realizan actividades vulnerables y fortalece la calidad, integridad y
trazabilidad de la información disponible para prevenir y detectar operaciones con recursos de
procedencia ilícita.




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